La Sección Sexta de la
Audiencia Provincial de Alicante, en sentencia de 22 de enero de
2014, ha resuelto DESESTIMAR el Recurso de Apelación
interpuesto por la MERCANTIL ALIGESTIÓN INTEGRAL, S.L., y en
consecuencia, CONFIRMAR la sentencia dictada por el Juzgado de
Primera Instancia nº 2 de Alicante, de 28 de diciembre de 2012, por
la que se ESTIMABA íntegramente la demanda interpuesta por LA
INSTITUCIÓN NAZARET DE LA COMPAÑÍA DE JESÚS, condenando a la
MERCANTIL ALIGESTIÓN INTEGRAL, S.L a que “proceda a la entrega
y devolución a Nazaret de la finca registral 38.586 del Registro de
la Propiedad nº 3 de Alicante, con una superficie de 6,202,79 m2 […]
dejándola libre y expedita a disposición de Nazaret”
Esta sentencia no es firme, y se da un
plazo de 20 días para presentar recurso de casación y/o recurso
extraordinario por infracción procesal, ante este Tribunal, para, en
caso de ser admitido, remitir posteriormente al Tribunal Supremo.
Desde Nazaret nos alegramos de esta
nueva sentencia favorable. No obstante debemos mantener la prudencia
necesaria ante una sentencia que aún no es firme, y el respeto
debido a los plazos y procedimientos que conceden la posibilidad de
recurso ante el Tribunal Supremo.
Los motivos que llevaron a Nazaret a
recurrir a la vía jurídica en este tema, son los mismos que
inspiran y han inspirado todas las acciones de esta Institución,
desde que el P. Fontova la fundara: la defensa de los derechos y los
intereses de los niños y jóvenes a los que Nazaret se dedica.
Esperamos poder informaros, en un
plazo breve de tiempo, de que el asunto ha quedado definitivamente
resuelto de forma favorable a los menores de Nazaret.
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